Reforma al outsourcing: Como impacta a tu empresa

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En el siguiente artículo, explicaremos de manera sencilla, el alcance de la nueva reforma al outsourcing, que significa para tu empresa, así como las diferencias con la legislación actual, y alternativas para que puedas cumplir con la nueva regulación sin que tenga un impacto financiero negativo.

Nota: La reforma a la ley en materia de subcontratación ya fue aprobada, entrando en vigor el 23 de Abril de 2021, por lo que ciertas características cambiaron respecto a lo que se sabía a la fecha de publicación de este artículo. Puede consultar un resumen de los puntos relevantes de la reforma publicada en el siguiente artículo.

Mucho se habla de la nueva reforma en materia de subcontratación, mejor conocido como Outsourcing, promovida por el presidente de la República y que se encuentra ya en proceso de revisión y en espera de su prácticamente inminente aprobación por el poder legislativo, pero, ¿Que significa esto realmente para las empresas

Básicamente (al día de hoy, ya que se desconoce exactamente como será redactada), se pretende prohibir todo tipo de subcontratación que no sea especializada y donde el personal subcontratado se dedique a las funciones escenciales de la empresa. Es decir, si tu empresa es por ejemplo, un despacho contable,  subcontratar contadores estará prohibido… Estos deberán de estar directamente contratados por tu compañía.

¿Que SÍ podrás subcontratar?

Personal especializado en tareas que no sean propias de tu empresa, por ejemplo, de acuerdo al caso anterior, el despacho contable podrá subcontratar personal de limpieza, seguridad o manteniemiento,o, por ejemplo, de desarrollo de software.

¿En que se diferencia de la regulación actual?

Actualmente, o al menos como sigue funcionando hoy en día hasta que la reforma sea aprobada, no se prohibe la subcontratación como tal, esta es perfectamente legal, solo que  se regula en base a diversos criterios, como son:

  1. La subcontratación no puede abarcar la totalidad de las actividades que se desarrollen en la empresa. Es decir, no debes de contratar al 100% de tu personal.
  2. La subcontratación de servicios debe de justificarse por su carácter especializado.
  3. Las funciones de el personal subcontratado no puede comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de colaboradores de la empresa contratante.
  4. Se deben de dejar por escrito los contratos entre la compañía que solicita los servicios y la empresa contratista, especificando el objeto de la subcontratación .
  5. La organización que contrate los servicios debe cerciorarse de que la contratista cumpla las disposiciones de seguridad, salud y medio ambiente con los trabajadores.


Con la nueva reforma, se buscan incluir cambios sustanciales, en la cual:

  1. La subcontratación solo esta permitida para puestos que desarrollan actividades que no forman parte del objeto de la empresa.
  2. Se debe de comprobar la especialización de la empresa que provee el personal subcontratado
  3. Las empresas que proveen personal subcontratado deben de estar registrados ante la Secretaría del Trabajo, y renovar el registro cada 3 años.

¿Que alternativas tengo en mi empresa?

Si tu empresa esta fuertemente apalancada en esquemas de subcontratación, es importante iniciar un proceso de análisis de funciones de tu personal y puestos de trabajo, para identificar, por un lado, aquellos que deberán de pasar a ser parte de tu plantilla de forma directa,  y por otro, aquellos que podrás subcontratar con empresas autorizadas.

Posteriormente, llevar a cabo un proceso legalmente sustentado para integrar a aquellas personas que formarán parte de tu registro, sin que el personal y sus derechos salgan afectados en el cambio, pero, al mismo tiempo, documentándolos adecuadamente para que tu empresa tampoco lo haga.

Finalmente, reestructurar tu equipo y funciones, para cubrir las nuevas responsabilidades inherentes al manejo de personal, si es que aun no lo tienes.

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